MODELO 347: PUNTOS RELEVANTES PARA PRESENTARLO

Durante el mes de febrero los  empresarios y profesionales deberán presentar el modelo 347 sobre “la declaración informativa de operaciones con terceras personas”, siempre que las operaciones que se han realizado con terceras personas supongan un importe superior a los 3.005,06 euros durante el año natural anterior.

El plazo para su presentación corresponde durante todo el mes de febrero de cada año, siendo lógico que finalice el plazo el último día del mes de febrero.

A continuación, señalaremos los puntos más importantes que los empresarios y profesionales deben tener en consideración para efectuar la presentación del modelo 347 debidamente:

  • Recordatorio previo, el sujeto pasivo de este modelo 347 son las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, enumera los obligados a suministrar información sobre operaciones con terceras personas, que desarrollen actividades empresariales o profesionales, deberán presentar una declaración anual relativa a sus operaciones con terceras personas. Excluyendo aquellas empresas que tiene obligación de presentar el SII mensual del IVA o están sujetos al régimen REDEM, además, de aquellos contribuyentes que no encajen en el artículo mencionado anteriormente.
  • Actualización del software contable, relevante para la validación de la declaración. La presentación errónea del modelo puede concurrir a sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
  • Rellenar debidamente toda la información relevante sobre los clientes y proveedores. Y no olvidarse de revisar los datos importantes cómo el NIF, código postal, importes declarados, etc.
  • Puede no cuadrar la cifra del modelo 347 con la del cliente o proveedor.
  • El criterio de imputación debe ser el mismo que el del modelo 340.

Para resumir:

  • ¿Qué es el modelo 347?

Se trata de un modelo informativo anual en dónde se especifica la suma de operaciones realizadas con un cliente o proveedor superiores a 3005,06€.

  • ¿Quiénes están obligados a presentarla?

Los empresarios y profesionales que hayan realizado operaciones superiores a 3005,06€ con un cliente o proveedor a lo largo del año.

  • ¿Cuándo se presenta?

El modelo 347 se tiene que presentar anualmente durante el mes de febrero. El plazo para presentar el modelo 347 se extiende desde el inicio de febrero hasta terminar dicho mes. Es decir, la fecha límite de presentación del modelo 347 dependerá del año en el que debamos hacer la presentación del modelo.


Para más información, no dudéis en contactar con nuestro Departamento de contabilidad de OFIBASA, donde se encargarán de asesorarte sobre el modelo 347.