LOS PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

La Agencia Tributaria ha resuelto unas de las consultas más preguntadas sobre el Impuesto de Sociedades referente a los pagos fraccionados.

De acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto-ley 15/2020, la sociedad ha optado por los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades, para los periodos del 1 de enero de 2020, por la modalidad del artículo 40.3 de la Ley de Impuesto de Sociedades (en adelante, LIS), ¿Está opción vincula los pagos fraccionados del ejercicio 2021 por esta modalidad?

El contribuyente que ejercitó la opción con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 15/2020 permitió con carácter excepcional, para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero 2020, realizar los pagos fraccionados sobre la parte de la base imponible del período de los 3, 9 u 11 primeros meses mediante la presentación, en el plazo ampliado a que se refiere el artículo único de la ley anteriormente mencionada hasta el 20 de mayo de 2020 , quedó vinculado a esta modalidad de pago fraccionado respecto de los pagos correspondientes al mismo periodo impositivo y sólo para dicho periodo.

Por lo tanto, y de acuerdo con lo anterior para los periodos impositivos iniciados a partir de 2021 los contribuyentes que hubieran optado el año pasado por dicha modalidad del art. 40.3 LIS necesitaran la presentación en el mes de febrero de 2021 del modelo censal 036 si pretenden seguir con la opción del apartado 3 del artículo 40 del LIS.


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